miércoles, 11 de diciembre de 2013

Software Libre y Software Privativo: Trabajo hecho en con Tomas Fusai

1) El software es lo que le da vida a la computadora básicamente, hace que la computadora sirva para algo, para interactuar con el usuario, para hacer algún tipo de cálculo, etc. Software es un programa, un conjunto de instrucciones que una maquina ejecuta. Si, el software se invento antes de las computadoras, es bastante mas antiguo que las computadoras. Porque en Francia, Luis XVI, se le ocurrío que podía tejer telas mas bonitas hiso un serie de tarjetas perforadas para los telares, era un "programa" era algo que le decía al telar donde tenia que pasar el hilo y donde no. El software surge como necesidad de hardware mismo, o sea se crea la computadora como una gran calculadora, pero sin el software el hardware no tendría sentido. El software surge para darle un uso de computación a la computadora, justamente de cálculo, de procesamiento, etc.
 2) Copyright: El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, esté publicada o inédita.
3)
1710: El parlamento aprueba el estatuto de la reina Ana la primera norma sobre copyright de la historia. La ley establece que las obras publicadas gozan de derechos de explotacion por un lazo de 14 años renovable por una vez si el autor continua con vida.
1774: Una corte falla a favor de un librero escoses que demanda los derechos de autor de un poema cuyos derechos se encontraban liberados.
1883: Se celebra la convesion de Paris este encuentro establece las bases para garantizar atravez del sistema de patente la proteccion de la propiedad intelectual sobre inventos, marcas y diseños industriales.
1886: Se firma el convenio de Berna, el acuerdo extiende las regulaciones sobre derecho a copia y a explotacion a todas la producciones del campo literario, artistico y cientifico.
1968: Se registra la primera patente de software, un algoritmo desarrollado por Martin Goetz, por entonces los programas eran personalizado o gratuitos, esta industria todavia no se habia desarrollado 1969: Se desarolla el sistema operativo UNIX. En sus primeros años circula entre la comunidad academica que lo va perfeccionando. UNIX es un sistema operativo portable y multitarea su llegada revolucion en el mundo de la informatica.
1975: Miembros de Homebrew Computer Club realizan una copia de un interprete del lenguaje BASIC y crean asi el primer software pirata, ese mismo año Bill Gates funda microsotf y expresa en duros terminos en contra de la pirateria.
1983: Richard Stellman lanza el proyecto GNU su objetivo es desarrollar un sistema operativo basado en UNIX pero que le permita al usuario modificarlo, estudiarlo y compartirlos sin que pese sobre el infracciones de copyright. Dos años mas tarde crea la fundacion SOFTWARE LIBRE.
1988: Se funda la Business software alliance una camara formada por las principales empresas productoras de software, tiene como fin detener las infracciones al copyright que afectan a sus productos y combatir la pirateria.
1991: Se crea LINUX unido al proyecto GNU y sostenido por una amplia comunidad de desarolladores se convierte en sinonimo de software libre.
2010: Con el fin de adoptar y desarrollar plataformas de codigo abiertos. el gobierno firma un acuerdo la empresa REDHAT una de las mayores empresas de software libre en un contexto en el cual muchas instituciones y empresas del mundo empiezen a trabajar con linux como sistema operativo.
4) El software privativo priva de su libertad a sus usuarios, los usuarios no tienen el control del programa, pero a través del control del programa el control del usuario. Software libre es aquel que le da 4 libertades al usuario, la libertad de usarlo con cual propósito, la libertad de estudiar como el software funciona y adoptarlo a las propias necesidades, la libertad de redistribuir ese software a otro y la libertad de redistribuir las modificaciones que uno haga a ese software a otras personas.
5) Las libertades que otorga el uso de Software Libre son:
 1) La libertad de distribuir las modificaciones que uno haga a otras personas.
 2) La libertad de estudiar como el software funciona y adaptarlo a las propias necesidades.
 3) La libertad de redistribuir ese software a otros
4) La Libertad de usarlo para cualquier propósito.

Prometeus

Prometeus – La revolución de los medios.
Año: 06/06/2007
Autor: Casaleggio Associati
1)
 El video trata sobre el futuro de los medios de comunicación, como la televisión, la radio, y la Internet.
2)
Transmite una emoción de inquietud, preocupación, y confusión.
3)
 Es parte realidad porque muestra eventos que ocurrieron (los usuarios tienen múltiples identidades en la red, la compras se realizan en la red, y los diarios electrónicos se producen en masa) y también es ficción ya que relata el futuro, cosas que todavía no pasaron, situadas en el año 2015 en adelante.
4)
Presenta una visión apocalíptica con respecto al lado social, ya que todo se entraba en el internet y no era necesario mirar televisión o buscar en libros. Por el lado tecnológico presenta algo positivo ya que todo avanza.
5)
Uno es en el 2007 los periódicos empiezan a utilizar la red para llegar a las masas, y las personas se acostumbran a usar palabras o términos de internet.
Las personas pueden tener múltiples personalidades online, y que las descargas ilegales de la red son sancionadas con multas o años de cárcel.
Otro es en 2011 cuando las compras son realizadas por la red (ebay, Microsoft store, mercadolibre), y los diarios electrónicos se producen en masa (gmail, Hotmail, yahoo).
6)
Si, todos son factibles, porque Google dentro de unos años podría comprar todas esas compañías y volverse la empresa de internet más importante de todas, y también la realidad aumentada podría llegar a perfeccionarse hasta un cierto punto que se convierta en una realidad virtual, lo que llevaría a una sociedad a depender de esta. Pensamos que esto podría suceder pero eso no quiere decir que estemos de acuerdo con esto, porque  llevaría a la sociedad a una dependencia de lo digital.
7)
Está dirigido a todo tipo de público tanto al que no está relacionado con las tecnologías y la red, como también a los jóvenes que nacieron en la era tecnológica y están muy pendientes de esto.
8)
Es una música algo relajante, pero a la vez interesante para mantenerse atento, mientras que la voz en “off” (narrador) tiene una voz que mantiene al oyente interesado en el tema.
9)
Tiene una solución negativa y positiva, la negativa es que a medida que la tecnología avanza nos hacemos más dependientes de ella. Y por lo tanto no volvemos menos sociables, la positiva es la rápida accesibilidad a la información sobre cualquier tema y la rápida manera de comunicarse con los demás.
10
 Prosumer es alguien que recibe y produce cualquier tipo de información, y cualquiera puede ser uno, y eso ya existe hoy en día.
11)
Lawrence Lessig, es un abogado y académico de Derecho, especializado en derecho informático que está en contra de Los derechos de autor. Fundador del Centro para Internet y la Sociedad, además de la iniciativa Creative Commons. También es autor del libro Cultura libre, donde defiende un modelo de flexibilización de los derechos de autor como nuevo paradigma para el desarrollo cultural y científico desde Internet.
12)
 
 
 2007 la revista life cierra, New York times vende su propia televisión y declara que el futuro será digital, seguido por BBC. Las personas están conectadas gratuitamente.
2011 la mayoría de las compras se realizan en la red, los diarios electrónicos se producen en masa.
2015 los diarios y las compañías de televisión desparecen, el digital terreste desaparece, y la radio se pasa a la internet. Además Google compra Microsoft y Amazon compra Yahoo!.
2020 Lawrence Lessing el autor de “Cultura libre” se convierte en el nuevo ministro de justicia (de U.S.A) y declara los derechos de autor ilegales.
2022 Google lanza prometeus un Agav (agente avatar) con interfaz estándar, amazon crea Place una compañía que replica la realidad.
2027 Second life se tranforma en Spirit y las personas se convierten en lo que desean y comparten las memorias, experiencias.
2050 Prometeus compra Spirit y place, y la realidad virtual se convierte en el mercado mas grande del mundo, Prometeus financia todas las expediciones espaciales para encontrar nuevos mundos para sus clientes.

Pixton Software Libre






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Propiedad Intelectual

 





CiberBullying







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viernes, 13 de septiembre de 2013

Como usar lo que está en internet



1-      Posiblemente el motivo del error se encuentre en la confusión  entre gratuito y de uso libre:
Gratuito: Se los puede usar sin pagar pero siguen teniendo un Derecho de Autor.
Uso Libre: Siguen teniendo Derechos de Autor pero lo puede usar sin su autorización o permiso

2-       
a)      Los contenidos disponibles en Internet son mayoritariamente gratuitos, pero eso no quiere decir que se puedan utilizar libremente para cualquier fin. Ni siquiera
cuando la finalidad es educativa y no pretendemos obtener ningún lucro más allá de lograr que nuestros estudiantes aprendan más y con más facilidad.

b)      El término propiedad intelectual es un tanto contradictorio. Si algo es de mi propiedad es porque no es propiedad de otros: si yo tengo un campo es porque no lo tienen otros, si le pongo un vallado impido que otros puedan entrar en él, si se lo cedo a otros deja de ser de mi propiedad

3-                                                                                                         
Derechos de Autor:
Conjunto de derechos que protegen al autor de una obra original y a otra serie de  personas o entidades conexas, tales como intérpretes, ejecutantes, productoras o radiodifusoras. Según la legislación actual, tienen una duración de 70 años a partir del fallecimiento del autor.


Derechos Morales:

Los titulares de los mismos son el autor o autora y sus herederos y no son transmisibles a terceras personas.
Ejemplo:
Modificación: En este caso se trata de un derecho que pertenece sólo al autor y no a sus herederos. Consiste en la facultad de alterar el contenido de su obra en cualquier momento.

Derechos Patrimoniales:

En este grupo se incluyen aquellos derechos relacionados con la obtención de beneficios a partir de la obra intelectual. Aunque podrían estar en poder del autor, lo habitual es que los detenten terceras personas, porque en este caso, a diferencia de los derechos morales, sí que son transmisibles.
Reproducción: Se refiere a la reproducción de una obra en un soporte físico: papel, CD, DVD, pendrive, etc.

4-
La primera solución: Es solicitar el permiso a los autores para utilizar sus obras. En muchos casos nos lo concederán sin problemas, pero este camino tiene una dificultad: es bastante incómodo tener que ir solicitando los permisos uno a uno.

La segunda solución: La segunda solución pasa porque sepamos que hay muchas obras de todo tipo que podemos utilizar sin pedir permiso Se trata de obras cuyos autores han considerado que es bueno compartirlas con los demás y permitirles que las reutilicen. Para poner de manifiesto este permiso se utilizan las licencias de uso como por ejemplo la Creative Commons.

5-
Las licencias Creative Commons se basan en la combinación entre las siguientes condiciones:

Atribución (Attribution): En cualquier explotación de la obra autorizada por la licencia será necesario reconocer la autoría (obligatoria en todos los casos).

No Comercial (Non commercial): La explotación de la obra queda limitada a usos no comerciales.

Sin obras derivadas (No Derivate Works): La autorización para explotar la obra no incluye la posibilidad de crear una obra derivada.

Compartir Igual (Share alike): La explotación autorizada incluye la creación de obras derivadas siempre que mantengan la misma licencia al ser divulgadas.

6-
Cómo obtener y aplicar una licencia  Creative Commons:

Para obtener una licencia Creative Commons tenemos que ingresar en la página:

http://creativecommons.org/choose/?lang=es_AR.


 
Luego completar el formulario y pulsar el botón Escoja una Licencia
Con ello mantenemos nuestros derechos de autor pero permitimos a otras personas copiar y distribuir la obra, siempre y cuando reconozcan la correspondiente autoría y solamente bajo las condiciones que hayamos especificado.
Cuando hayamos hecho nuestra elección, tendremos la licencia adecuada para nuestro trabajo expresada de tres formas:

●Commons Deed: Es un resumen fácilmente comprensible del texto legal con los íconos relevantes. 

● Legal Code: El código legal completo en el que se basa la licencia que elegimos. 

● Digital Code: El código digital, que puede leer la máquina y que sirve para que los motores de    búsqueda y otras aplicaciones identifiquen nuestro trabajo y sus condiciones de uso. 

Ahora sólo tenemos que incluir en nuestro sitio, cerca de la obra, el icono de Creative Commons
“Algunos derechos reservados” que se ha generado de acuerdo a nuestra selección.
Este icono enlaza con el Commons Deed, de forma que todos puedan estar informados de las condiciones de la licencia. Si encontramos que alguien cometió una infracción a la licencia, entonces tendremos las bases para poder defender nuestros derechos.


7-
      Tal vez estés pensando que compartir tu trabajo con una licencia CC es sencillo, pero que lo que te interesa ahora mismo es poder localizar recursos que ya estén  liberados con licencias abiertas para reutilizarlos en tus creaciones. También es muy sencillo y vas a encontrar muchísimos recursos. Apenas necesitarás introducir alguna condición en tus búsquedas o agregar a tus marcadores o favoritos alguna dirección de sitios en los que encontrar este tipo de recursos.

Pero no olvidemos una condición importantísima: estamos obteniendo gratuitamente recursos que han elaborado otros y tenemos la obligación de respetar los términos de la licencia, esto es, citar siempre al autor (incluyendo si es posible un link al archivo original) y respetar las otras condiciones que haya establecido sobre la modificación o la forma de compartir las obras derivadas. 

El buscador de Creative Commons:

http://search.creativecommons.org/?lang=es